- °C
/
- °F
Ver Vuelos
ES
logo del aeropuerto
noticias

COMUNICADO 03.07.25

En relación con las declaraciones sobre una posible reapertura del antiguo terminal de pasajeros del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, Lima Airport Partners (LAP) informa lo siguiente:

  1. Hasta el momento, LAP no ha recibido ninguna comunicación oficial por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) respecto a la apertura del antiguo terminal. Es una idea unilateral del MTC que no fue conversada con LAP, y cualquier modificación de este tipo debe evaluarse en el marco técnico y contractual correspondiente.
  2. Tener en cuenta que todo el diseño, planificación e inversión que LAP ha realizado, por un monto de US$ 2,000 millones de dólares y, adicionalmente, hay una inversión de terceros de US$ 400 millones de dólares bajo el esquema de operar con un solo terminal. El nuevo terminal ha sido concebido para atender a más de 40 millones de pasajeros al año, integrando en un solo espacio todos los procesos operativos, logísticos, comerciales y de servicios.

LAP reafirma su compromiso con el país y con los estándares de seguridad y eficiencia operativa. Seguimos enfocados en la operación del nuevo Aeropuerto Internacional Jorge Chávez el cual representa un hito para la infraestructura aeroportuaria nacional y será un motor clave para el desarrollo económico del Perú.


Callao, 03 de julio de 2025



De acuerdo a lo dispuesto en el segundo párrafo del inciso c) del párrafo 6.3 del artículo 6 del Decreto Legislativo N.° 1372 y en el párrafo 7.3 del artículo 7 del Decreto Supremo N.° 003-2019-EF, se comunica que LIMA AIRPORT PARTNERS S.R.L. ha realizado los mecanismos razonables para obtener la información del beneficiario final, considerando los criterios de propiedad y control previstos en los literales a) y b) del párrafo 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo 1372 y en los párrafos 5.1 al 5.4 de su Reglamento y documentado estos, respectivamente. Sin embargo, no ha sido posible identificar al beneficiario final bajo los criterios señalados en el párrafo precedente por lo que hemos considerado como beneficiario final a las personas naturales que ocupan los puestos administrativos superiores.